Reforma laboral 2022
Resumen de las modificaciones de la reforma laboral 2022:
– Contratos temporales de dos tipos
Lo más destacable de la reforma laboral es la eliminación del contrato por obra y servicio, los contratos de duración determinada se mantienen, pero solo de dos tipos: el estructural, por circunstancias de la producción; y por sustitución de otro trabajador.
En el sector de la construcción, los contratos por obra y servicio, los más empleados, pasarán a ser indefinido.
– Trabajos estacionales, contrato fijo-discontinuo
Para el uso del contrato fijo-discontinuo, si un empleado no trabaja durante todo el año, para trabajos r estacionales. Y la antigüedad será durante todo el periodo que dure su vinculación laboral, y no por su actividad.
– Contratación para 90 días.
Contratación temporal como apoyo extra, como las campañas de Navidad o agrícolas.
Para cubrir esas vacantes dispondrán de un periodo de 90 días (tres meses) para contratar a un trabajador a lo largo del año.
– Subcontratación según el convenio de la actividad
Las empresas que no tienen una actividad principal definida (multiservicios), los salarios será los del convenio de la actividad desarrollada.
– Modalidades de contrato de formación en la reforma laboral 2022
Alternancia o práctica profesional, para quienes lo compaginen con sus estudios, solo podrán optar estudiantes de hasta 30 años y un tiempo máximo de dos años, e inferior 65% en el primer y un 85% en el segundo, con retribución que no podrá bajar de 60% el primer año y del 75% el segundo.
– Negociación colectiva en la reforma laboral 2022
Nueva vigencia de los convenios caducados hasta que se acuerde su renovación.
– Sanciones más altas para evitar el fraude
Las personas que en 24 meses hubieran permanecido 18 de ellos en el mismo o diferente puesto de trabajo en grupo de empresas, mediante dos o más contratos por circunstancias de la producción, directamente o trabajo temporal, pasarán a ser considerados como indefinidos.
La baja de un trabajador temporal que haya desarrollado su actividad en un periodo inferior a 30 días recibirán un sobrecargo en las cuotas a la Seguridad Social de 26 euros por cada una de las bajas que se le realicen.
Las infracciones por uso indebido de contratos temporales se aplicarán por cada trabajador afectado, pudiendo llegar 10.000 euros.
– Simplificación de los ERTE por Covid
Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que se presenten por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, tendrán más facilidades de tramitación y aplicación para las pymes, además de exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del 20%, condicionadas, a la realización de acciones formativas.
– Mecanismo RED:
Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, que contará con dos modalidades:
- Cíclica, cuando sea necesaria la adopción de instrumentos de estabilización.
- Sectorial, empresas con necesidades de recualificación y de transición profesional.
Otros temas de interés:
Comunicación de apertura de centro de trabajo en Asturias.
Presentar Oferta para Contrato Menor en Ayuntamiento de Avilés
Declaración Responsable de obras sin Técnico Competente en Gijón
Comunicación previa para realizar obras en vivienda y locales en Oviedo.
Funciones del Arquitecto
Funciones del Arquitecto Técnico
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